70001-23-31-000-2004-00873-01(AP)

SERVICIO PUBLICO DE ALCANTARILLADO EN MUNICIPIO DE SINCELEJO – Vulneración de los derechos a la salubridad y a un ambiente sano por contaminación con aguas servidas / ARROYO EL CORTIJO DEL MUNICIPIO DE SINCELEJO – Contaminación por aguas servidas y basurasNo hay duda, entonces, de la existencia del arroyo El Cortijo y de su precaria situación física y general a lo largo de todo el cauce, rodeado de un asentamiento humano que data desde hace 23 años, constituido incluso por viviendas construidas en el área de retiro, la cual por mandato de la ley debe permanecer despejada. Igualmente resulta evidente la necesidad de su canalización. Del informe técnico antes trascrito de desprenden las falencias del alcantarillado en el sector y la comprometida situación ambiental del cauce del arroyo El Cortijo, pues se acredita su contaminación, no solo en época de lluvias, cuando las aguas pluviales ingresan al manhol existente y hacen rebozar las aguas negras y excretas que contiene, sino durante todo el tiempo, como consecuencia de las aguas servidas provenientes de los patios aledaños al recorrido del arroyo, las basuras arrojadas por los vecinos, las hojas de los árboles y la fuga de deteriorados tubos de alcantarillado, situación que propicia el estancamiento de esta agua contaminadas en algunos de sus tramos y por ende la presencia de insectos y animales trasmisores de enfermedades. El perito echa de menos la falta de muros de contención en algunos tramos del arroyo, lo que ha afectado el medio circundante y la flora existente, así como también erosionado el terreno, todo lo cual obstruye el cauce original y conlleva su desbordamiento, al punto de considerar afectado el interés colectivo por “Falta de Canalización”. Todo ello, sin duda alguna, resulta suficiente para considerar acreditada la vulneración de los derechos colectivos al medio ambiente, a la salubridad pública, a la prestación eficiente de los servicios públicos, e incluso al uso y goce del espacio público.SERVICIO PUBLICO DE ALCANTARILLADO – Contaminación y ocupación con viviendas del arroyo El Cortijo en Municipio de Sincelejo / DERECHO A UN AMBIENTE SANO – Vulneración con aguas servidas y basuras en arroyo El Cortijo / CANALIZACION DEL ARROYO EL CORTIJO EN MUNICIPIO DE SINCELEJO – Servicio de alcantarillado / SERVICIO PUBLICO DE ALCANTARILLADO – Responsabilidad del Municipio, la CAR y E.S.P.De la normativa antes citada se tiene que al Municipio de Sincelejo le cabe responsabilidad en los hechos afirmados en la demanda y acreditados en el expediente, pues aunque no presta directamente el servicio público domiciliario de alcantarillado, si le cabe la obligación de vigilar que su prestación sea eficiente y oportuna, lo cual en modo alguno cumple a cabalidad ante la existencia de tuberías rotas y manholes inadecuados en el área de influencia del arroyo El Cortijo descrita por los demandantes. Tampoco atiende su cometido de velar por la protección e integridad del espacio público y por su destinación al uso común, al consentir, a través de los años, la construcción y permanencia de viviendas en el área de ronda o protección del referido arroyo sin desplegar oficiosamente las acciones de todo orden necesarias para su recuperación. Menos aún satisface las obligaciones que le impone la ley en pro de la guarda y preservación del medio ambiente afectado por la contaminación del arroyo El Cortijo y sus alrededores, tal como lo acredita el peritaje obrante en el informativo que no fue objetado por ninguna de las partes. Por último se ha quedado corto en valorar la continuidad de la labor de canalización del arroyo en cuestión, cuya contratación se realizó hace varios años atrás, advirtiéndose solo en un tramo inicial del mismo. CARSUCRE con el solo hecho de haber presentado observaciones con ocasión de una queja anterior a la acción popular, motivada por hechos idénticos a los expresados en esta última, no la exime de su responsabilidad, pues debió hacerle el seguimiento

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