54001-23-31-000-1998-1130-01(470-02)

DOCENTE VINCULADO POR CONTRATO – Desnaturalización del contrato / DERECHOS SALARIALES Y PRESTACIONALES – Procedencia a título de indemnización / DOCENTE – La prestación del servicio no le otorga la calidad de empleado público / PRINCIPIO DE LA PRIMACIA DE LA REALIDAD SOBRE LAS FORMALIDADES – Procedencia NOTA DE RELATORIA: En similar sentido ver sentencias de 26 de septiembre de 2002, Expedientes 658-02, 471-02 y de 21 de noviembre de 2002, expedientes 1144-02, 564-02, 616-02, Ponente: JESÚS MARIA LEMOS BUSTAMANTE. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION “B” Consejero ponente: JESUS MARIA LEMOS BUSTAMANTE Bogotá D.C., veintiséis (26) de septiembre de dos mil dos (2002).- Radicación número: 54001-23-31-000-1998-1130-01(470-02) Actor: JORGE ENRIQUE AVENDAÑO PEÑALOSA Demandado: DEPARTAMENTO DE NORTE DE SANTANDER AUTORIDADES DEPARTAMENTALES Decide la Sala la consulta de la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Norte de SantanderCundinamarca el 25 de septiembre de 2001de julio 19 de 1995, que accedió a las peticiones de la demanda en el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, promovido por Jorge Enrique Avendaño PeñalozaMyriam Patricia González Ramírez contra el Departamento de Norte de SantanderGobernación de Cundinamarca. Decide la Sala la apelación interpuesta por la parte demandada contra la sentencia del 22 de septiembre de 2000, por medio de la cual el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca accedió a las pretensiones de la demanda formulada por Doris Aponte contra la Resolución No 539 del 11 de marzo de 1999 expedida por el Gerente del Hospital Departamental Tomas Uribe Uribe.

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