15001-23-31-000-1995-5535-01(22346)

ACUERDO CONCILIATORIO – Improbación por falta de prueba / CONTRATO ESTATAL – Gastos causados para la legalización del contrato no son rubros a indemnizar porque son una carga para el contratista / IMPUESTO DE TIMBRE – No es rubro indemnizable para el contratista / POLIZA DE CUMPLIMIENTO – No es rubro indemnizable para el contratista / PUBLICACION DEL CONTRATO – No es rubro indemnizable para el contratista No existe claridad sobre el contenido y alcance de la indemnización que por dicho concepto debe, eventualmente, reconocerse al demandante. Frente al reconocimiento del daño emergente consistente en el pago de impuesto de timbre, publicaciones y póliza de cumplimiento, es oportuno reiterar lo expresado por la Sala en sentencia del 31 de octubre de 1995, Exp. 8468 en el sentido de que éstos, “… son gastos causados para la legalización del contrato …, no son rubros a indemnizar … por cuanto … son parte de la carga que soporta el contratista como perfeccionamiento del contrato, lo que da lugar a registrarlos apenas para demostrar con ellos la validez del acto.” Auto 5535(22346) del 02/07/18, Ponente: ALIER EDUARDO HERNANDEZ ENRIQUEZ, Actor: JOSE HUMBERTO HERNÁNDEZ GARAVITO, Demandado: MUNICIPIO DE TUNJA CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Consejero ponente: ALIER EDUARDO HERNANDEZ ENRIQUEZ Bogotá, D.C., dieciocho (18) de julio de dos mil dos (2002) Radicación número:15001-23-31-000-1995-5535-01(22346) Actor: JOSE HUMBERTO HERNÁNDEZ GARAVITO Demandado: MUNICIPIO DE TUNJA Decide la Sala el recurso de apelación, propuesto por el apoderado de la parte demandante, contra la providencia dictada por el Tribunal Administrativo de Boyacá el 16 de mayo de 2001, por cuya virtud, se decidió no aprobar el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes. ANTECEDENTES 1.- Actuando a través de apoderado judicial, el señor JOSE HUMBERTO HERNÁNDEZ GARAVITO demandó, en proceso ordinario contractual, al

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