IMPEDIMENTO – Declara fundadoFUENTE FORMAL : DECRETO 2591 DE 1991 – ARTICULO 39 / CPC – ARTICULO 56 NUMERAL 1CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION PRIMERAConsejero ponente: MARCO ANTONIO VELILLA MORENOBogotá, D.C., dieciocho (16) de octubre de dos mil doce (2012)Radicación número: 11001-03-15-000- 2012-01055-00(AC)Actor: ROBERTO MAURICIO RODRIGUEZ SAAVEDRADemandado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCACorresponde decidir a la Sala sobre la solicitud presentada por la doctora MARIA CLAUDIA ROJAS LASSO, Consejera de Estado obrante a folio 246 del expediente, en el sentido de apartarse del conocimiento del proceso de la referencia, por considerar que se encuentra incursa en la causal de impedimento consagrada en el numeral 1°, del artículo 56 del C de P.P., en armonía con el artículo 39 del Decreto 2591 de 1991.I. ANTECEDENTESI.1. El señor ROBERTO MAURICIO RODRIGUEZ SAAVEDRA , obrando en su propio nombre , instauró acción de tutela contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, por considerar vulnerados sus derechos constitucionales a la igualdad, al debido proceso y al acceso a la Administración de Justicia por las vías de hecho en que incurrió el Tribunal, al no acceder al incidente de desacato dentro del proceso promovido dentro de la acción de tutela 2008-00583 del actor en contra la PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION-PROCURADURIA SEGUNDA DISTRITAL.Por lo anterior, solicita la protección de los derechos invocados y, en consecuencia, se ordene a la entidad accionada darle cabal cumplimiento y dentro del término perentorio a las peticiones formuladas por escrito.
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