ASIGNACION DE RETIRO – Desconocimiento de precedente jurisprudencial sobre reajuste de asignaciones de retiro y/o pensiones con base en el Indice de Precios al Consumidor y prescripción cuatrienal. Reiteración jurisprudencialAsí las cosas, resulta procedente amparar el derecho fundamental del accionante, en tanto se observa que en la providencia referida el Juzgado y el Tribunal accionados incurrieron en un defecto sustantivo pues aplicaron erradamente el término de prescripción cuatrienal previsto para reclamar el pago de las diferencias correspondientes y dispusieron que no hay derecho al reconocimiento por prescripción de las mesadas, cuando de todas maneras el derecho del actor al incremento se causó y por tanto debía declararse sin perjuicio de la prescripción de las diferencias de las asignaciones mensuales que no se reclamaron en tiempo, porque como ya se precisó, este incremento porcentual incide en las mesadas futuras.FUENTE FORMAL: DECRETO 1211 DE 1990 – ARTICULO 163 / LEY 100 DE 1993 NOTA DE RELATORIA: Ver, Consejo de Estado, ver Consejo de Estado, Radicación. 0300-2011, C.P Gerardo Arenas Monsalve y sentencia de 27 de enero de 2011, radicado interno No. 1479-09, actor: Javier Medina Baena, M.P. Doctor Gustavo Eduardo Gómez Aranguren.CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION SEGUNDASUBSECCION B Consejero ponente: GERARDO ARENAS MONSALVEBogotá, D.C., cinco (5) de julio de dos mil doce (2012) Radicación número: 11001-03-15-000-2012-00895-00(AC)Actor: HENRY HERNAN PALACIOS ARCOSDemandado: JUZGADO ONCE ADMINISTRATIVO DE BARRANQUILLA Y TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL ATLANTICODecide la Sala la solicitud de tutela presentada por el señor Henry Hernán Palacios Arcos, por medio de apoderada judicial, en contra de las sentencias proferidas por el Juzgado Once Administrativo de Barranquilla y Tribunal Administrativo del Atlántico.
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