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IGUALDAD Y DEBIDO PROCESO – Vulneración por desconocimiento de precedente judicial sobre reconocimiento de prima técnica / CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA – Prima técnica se reconoce a quienes acrediten títulos de estudios de formación avanzada obtenidos antes de entrar en vigencia del Decreto 1724 de 1997Se tiene que en el caso bajo estudio, el tribunal accionado no acogió la posición del Consejo de Estado, sobre el cumplimiento de los requisitos para tener derecho a la prima técnica antes del 4 de julio de 1997, fecha de expedición del Decreto 1724 de 1991, por medio del cual se excluyó al nivel profesional como beneficiario de la prima técnica, por lo que le reconoció dicha prima a la señora GLORIA AZUCENA TORRES MANTILLA. Así las cosas, es evidente que en el presente caso se configuró desconocimiento del precedente con lo cual se vulneró el derecho a la igualdad y al debido proceso de la CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. FUENTE FORMAL: DECRETO 1724 DE 1997NOTA DE RELATORIA. Sobre la prima técnica, ver sentencia del 27 de julio de 2011, C.P Dr. Victor Hernando Alvarado Ardila, y sentencia del 19 de enero de 2012, exp. 11001-03-15-000-2011-01584-00(AC), Consejero ponente: WILLIAM GIRALDO GIRALDO.CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION CUARTAConsejero ponente: WILLIAM GIRALDO GIRALDOBogotá, D.C., siete (7) de mayo de dos mil doce (2012)Radicación número: 11001-03-15-000-2012-00222-00(AC)Actor: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICADemandado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SANTANDERDecide la Sala la acción de tutela instaurada por la CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA, contra el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SANTANDER, de acuerdo con el numeral 2° del artículo 1° del Decreto 1382 de 2000. I. ANTECEDENTESLa CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA instauró acción de tutela contra el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SANTANDER, por considerar

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