ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL – Se niega por ausencia de relevancia constitucionalSignifica lo anterior que la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, como competente para conocer del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho de carácter laboral promovido en contra de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, resolvió la cuestión, sin que pueda el juez de tutela desplazar su función, salvo que la misma tenga relevancia constitucional, requisito que en este caso no se cumple si se tiene en cuenta que se trata de un asunto de carácter legal. CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION CUARTAConsejera ponente: MARTHA TERESA BRICEÑO DE VALENCIA Bogotá, D.C., catorce (14) de junio de dos mil doce (2012)Radicación número: 11001-03-15-000-2011-01623-01(AC)Actor: MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Y CAJA DE SUELDOS DE RETIRO DE LA POLICIA NACIONALDemandado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA La Sala decide la impugnación presentada por la parte actora contra la providencia de 14 de marzo de 2012 , proferida por el Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección A , mediante la que se negó la acción de tutela .I. ANTECEDENTESLa Nación — Ministerio de Defensa Nacional — Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional , por medio de apoderada judicial, instauró acción de tutela contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Segunda – Subsección D , por considerar vulnerados sus derechos fundamentales a la igualdad y a la defensa .HechosSe advierten como relevantes los siguientes:
Solo los clientes que compraron los siguientes productos: Membresía por un (1) año al Colegio de Abogados Administrativistas para Estudiantes, Membresía por un (1) año al Colegio de Abogados Administrativistas para Profesionales pueden acceder a este contenido.