CONFLICTO DE COMPETENCIA ADSMINISTRATIVAS – Entre la Subdirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Nacional y el Departamento Administrativo de la Función Pública / CONFLICTO DE COMPETENCIA ADSMINISTRATIVAS – Decisión inhibitoria por sustracción de materiaLa señora Ministra de Educación Nacional solicitó a la Sala dirimir el conflicto de competencias administrativas planteado entre el mencionado Ministerio y el Departamento Administrativo de la Función Pública a fin de determinar cuál de las dos entidades es la competente para contestar un derecho de petición. Según se puede verificar a folios 20-25 de esta actuación y dentro del término para presentar los escritos de conclusión, el Departamento Administrativo de la Función Pública asumió la competencia y respondió el derecho petición objeto del presente debateFUENTE FORMAL: LEY 1437 DE 2011 -ARTICULO 39 / LEY 1437 DE 2011 -ARTICULO 112CONSEJO DE ESTADOSALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVILConsejero ponente: AUGUSTO HERNANDEZ BECERRABogotá, D.C., veintiséis (26) de octubre de dos mil doce (2012)Radicación número: 11001-03-06-000-2012-00087-00(C)Actor: SUBDIRECCION DE RECURSOS HUMANOS DEL MINISTERIO DE EDUCACION NACIONALDefine la Sala el conflicto negativo de competencias administrativas planteado entre la Subdirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Nacional y el Departamento Administrativo de la Función Pública, con el objeto de determinar la autoridad que es competente para contestar un derecho de petición presentado por el señor Ruperto Cuadrado Cruz. I. ANTECEDENTES1. El señor Ruperto Cuadrado Cruz elevó derecho de petición ante el Departamento Administrativo de la Función Pública el 14 de marzo de 2012, solicitando que le explicaran las razones por la cuales existe un trato diferenciado
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