08001-23-31-000-2007-00077-01(AC)

ACTO EXPEDIDO POR RECTORA UNIVERSITARIA – La reclamación se puede intentar mediante la acción de nulidad y restablecimiento del derecho / ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO – Es el medio ordinario para atacar los actos proferidos por la Administración / JUEZ DE TUTELA – No tiene competencia para pronunciarse sobre la legalidad de un acto administrativo De acuerdo con los antecedentes reseñados, el objeto de la impugnación presentada por la Universidad del Atlántico es la revocatoria de la Sentencia del 26 de febrero de 2007 del Tribunal Administrativo de Atlántico, que amparó transitoriamente los derechos fundamentales al debido proceso, defensa, mínimo vital e igualdad del actor y en su lugar, para negar por improcedente la tutela incoada, por la existencia de otros medios de defensa judicial y porque esa Universidad actuó de conformidad con la ley. Observa la Sala que el acto administrativo contenido en el Oficio N° R388-06 del 30 de agosto de 2006, proferido por la Rectora (e) de la Universidad del Atlántico, a través del cual, el accionante estructura la violación de sus derechos, no es objeto de reclamación por vía de tutela, en razón a que tal pretensión se puede intentar a través de otro medios de defensa judicial, como la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, pues allí se exterioriza la manifestación unilateral de la voluntad de la Administración y produce efectos. La pretensión del actor debe ser analizada por parte del juez natural, haciendo uso del medio ordinario consagrado en el artículo 85 del C. C. A. Las declaraciones perseguidas escapan a la órbita de competencia del juez constitucional, porque el acto atacado está revestido con presunción de legalidad, la cual solamente puede ser desvirtuada bajo las formas propias establecidas por el legislador para cada una de las mencionadas acciones, que constituyen la vía judicial idónea y eficaz para obtener las pretensiones de la tutela reclamada.CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION CUARTAConsejera ponente: LIGIA LOPEZ DIAZBogotá D. C., veintiséis (26) de abril de dos mil siete (2007)Radicación número: 08001-23-31-000-2007-00077-01(AC)Actor: IVAN JOSUE CAMPO CARRILLODemandado: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOFALLO

Solo los clientes que compraron los siguientes productos: Membresía por un (1) año al Colegio de Abogados Administrativistas para Estudiantes, Membresía por un (1) año al Colegio de Abogados Administrativistas para Profesionales pueden acceder a este contenido.