PATENTE DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO – Invulneración de los derechos al debido proceso y defensa / FALSA MOTIVACIÓN – Inexistencia en resoluciones que ordenaron cierre del establecimiento / ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO – Patente de funcionamiento Dentro de la investigación administrativa adelantada por la Secretaría de Gobierno Municipal se escuchó en descargos al propietario del establecimiento comercial y se practicó visita a las instalaciones de dicho local . Finalmente, este proceso concluyó con la cancelación de la patente de funcionamiento concedida mediante Resolución 000154 del 23 de abril de 1992 por dos años, para la venta de perros calientes. Como se puede apreciar, en el trámite que llevó a la cancelación de la patente de funcionamiento del local comercial “donde Oscar”, se permitió el derecho de defensa de su propietario quien fue escuchado en descargos y se practicaron visitas oculares que llevaron a la convicción de que sí se estaba invadiendo el espacio público y se estaba afectando la tranquilidad del sector. En la parte resolutiva de la Resolución 002701 de 1993, mediante la cual se canceló la licencia de funcionamiento, se estableció que esta medida operaría “hasta tanto no hayan controlado los factores que ocasionaron las molestias o problema al sector” y que se clausuraría el establecimiento “hasta que desaparezcan las causas motivantes”. Eso significa que una vez superados los motivos que llevaron a la cancelación de la licencia y consecuente cierre del establecimiento puede tramitarse de nuevo una nueva licencia que permita la apertura del establecimiento en otras condiciones. No se aprecia la falsa motivación a que se alude en el recurso ni se violó el derecho al debido proceso pues el propietario del establecimiento contó con las oportunidades procesales para su defensa. REVOCATORIA DIRECTA – Causales / PATENTES DE FUNCIONAMIENTO – Son actos de permiso condicionados o revocables sin consentimiento del titular / ACTOS DE PERMISO CONDICIONADOS – No están sujetos a los requisitos de la revocación directa de actos particulares y concretos La Sala distingue entre la revocatoria de un acto particular y la cancelación de una licencia de funcionamiento por haberse configurado alguna de las causales previstas en las normas vigentes. Mientras que la revocación directa se da por oposición manifiesta a la Constitución o a la ley, o porque el acto administrativo no está conforme con el interés público o social o atenta contra él o porque causa agravio injustificado a una persona, en el caso de la cancelación de una licencia los motivos que llevan a esa decisión no tienen que ver con el acto inicial en sí, sino con el comportamiento posterior a su expedición, por parte del particular que incumple con los parámetros fijados para su ejercicio. Son pues dos situaciones esencialmente distintas que, por lo mismo, tienen un tratamiento diferente. Mal podrían aplicarse los requisitos para la revocación directa de actos particulares y concretos que supone el consentimiento escrito y expreso del particular, en los casos de cancelación de licencias de funcionamiento por inobservancia de las condiciones dentro de las que fue concedida. Las patentes de funcionamiento son actos de permiso condicionados al buen uso de ellos; por lo tanto, cuando se incurre en una de las causales señaladas en las normas de policía, se revoca el permiso porque no se había creado una situación intangible. CONSEJO DE ESTADO
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