05001-23-31-000-2001-03804-01(8589-05)

DECLARATORIA DE INSUBSISTENCIA – Por transformación del perfil del cargo del actor en aras del mejoramiento del servicio / REESTRUCTURACION – La preparación técnica o académica debe ser afín a las funciones y responsabilidades asignadas a los cargosEl Gerente General de la Empresa Metro de Medellín mediante la Resolución impugnada – 2612 de 3 de agosto de 2001- declaró insubsistente el nombramiento de OSCAR ERIK GONZÁLEZ ROJAS en el cargo de Jefe de Estación 1, motivado en que, la entidad inició un proceso de transformación y estructura organizacional de acuerdo con lo señalado en la Resolución No. 2449 de 15 de septiembre de 200, avalada por la Junta Directiva del Metro de Medellín mediante acta 285. Las motivaciones expuestas en la Resolución No. 2449 de 15 de septiembre de 2000, expedida por el Gerente de la Empresa demandada, por medio de la cual se inició el proceso de reestructuración de la entidad, el cual entre otros aspectos, comprendía análisis de reubicaciones, traslados, supresión y/o conversión de cargos y definición de la estructura salarial acorde con la nueva organización administrativa, las cuales, en esencia constituye la motivación del acto de retiro impugnado, no fueron desvirtuadas en ningún sentido por la parte demandante, quien afirmó que el acto de retiro adolece de falsa motivación y desviación de poder. Ahora bien, el proceso de reestructuración de la empresa, en lo atinente a supresión o conversión de empleos, estimaba que en aras del mejoramiento del servicio era indispensable transformar el perfil de los Jefes de Estación, cambiándolos de profesionales a tecnólogos, es jurídicamente comprensible que dada la naturaleza de las funciones que demanda dicho cargo, la necesidad del servicio aconsejara la transformación en ese sentido, sin que tal circunstancia per sé implique desviación de poder o falsa motivación. La transformación del perfil de los cargos (profesional por tecnólogo), conlleva el ingreso de nuevas personas, sin que un proceso de reestructuración institucional en ese sentido implique desviación de poder, retaliación, o por cumplimiento de de favores políticos. La preparación técnica o académica debe ser afín a las funciones y responsabilidades asignadas a los cargos. En ese sentido la entidad demandada se hallaba en libertad, o válidamente podía realizar dentro del nuevo diseño de la empresa y en aras de cumplir con las metas institucionales colocar tecnólogos en el cargo de Jefe de Estación, sin incurrir en falsa motivación o desviación de poder como lo pretende hacer ver el actor.CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION SEGUNDA – SUBSECCIÓN “B”Consejero ponente: ALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADOBogotá, D. C., quince (15) de marzo de dos mil siete (2007)Radicación número: 05001-23-31-000-2001-03804-01( 8589-05)

Solo los clientes que compraron los siguientes productos: Membresía por un (1) año al Colegio de Abogados Administrativistas para Estudiantes, Membresía por un (1) año al Colegio de Abogados Administrativistas para Profesionales pueden acceder a este contenido.